Asociación Cooperadora del Hospital Atilio Calandri
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LA COOPERADORA
Generalidades

DENOMINACION:

ASOCIACION COOPERADORA DEL ESTABLECIMIENTO ASISTENCIAL ATILIO CALANDRI

MATRICULA DE INSCRIPCION EN REGISTRO PROVINCIAL DE ENTIDAD DE BIEN PÚBLICO NUMERO: 17-4-3-01 POR DISPOSICION 1.164/05 DE DIRECION DE PROMOCION COMUNITARIA, MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL, PROVINCIA DE LA PAMPA, EXPEDIENTE 13.905/05.-CON FECHA 23/11/2005 CUMPLIENDO ARTICULO 4 DECRETO 785/87 Y SU MODIFICACION DECRETO 1.348/92

INSCRIPCION EN DIRECION GENERAL DE RENTAS PROVINCIA DE LA PAMPA NUMERO 206.121/2 EL 24/11/05

INSCRIPCION AFIP: CUIT 30-70945662-4

COMIENZO ACTIVIDADES 23/11/05

IVA EXENTO

GANANCIAS EXENTO Certificado F409 numero 572-000008-2006

RECIBO/FACTURA TIPO C

DOMICILIO LEGAL ASOCIACION LAS HERAS 402, QUEMU-QUEMU, 6333, LA PAMPA

NOMINA AUTORIDADES

PRESIDENTE: RUDOLF, JUAN CARLOS

SECRETARIO: FIORANELLI, RICARDO ANGEL

TESORERO: STARK, JUAN CARLOS

VOCAL TITULAR PRIMERO: RIOS, EDILDE MARIA

VOCAL TITULAR SEGUNDO: GOMITOLO, NERINA DEL CARMEN

REVISOR DE CUENTAS PRIMERO: MARCOS, NESTOR OMAR

ASESOR: SOTO, ARIEL FRANCISCO


BANCO:

Cta. Cte. Banco de La Pampa

ASOC.COOP.EST"A.A.CALANDRI"

490-01-012-191421/0

CBU 09303155-11200019142104

 
Acta Constitutiva

En la localidad de Quemú-Quemú, La Pampa, a los 16 días del mes de octubre del año dos mil cinco y siendo las 9.00 hs. se encuentran reunidos los miembros de la Comisión Provisional, en la calle Las Heras N° 402, designado en acto de fecha 20 de Octubre del año dos mil cinco, para la constitución definitiva de la Asociación contando con la asitencia de las siguientes personas que concurren en carácter de asambleístas adherentes: Doctor Ariel Francisco Soto; Juan Carlos Rudolf; Ricardo Angel Fioranelli; Juan Carlos Stara; Edilde María Ríos; Nerina del Carmen Gomitolo; Néstor Omar Marcos; Andrés Carlos Mezzasalma, todas las personas mencionadas registran su domicilio en la localidad de Quemú Quemú, mayores de edad.- Se da comienzo a la misma. Se iniciaron las consideraciones de los puntos incluídos en el orden del día del contenido en la circular acompañada del proyecto de estatuto social, oportunamente enviado a los adherentes y que son los siguientes:

1°) Elección de las autoridades,

2°) Informe de la comisión provisional;

3°) Discusión y aprobación del estatuto social;

4°) Determinación de los derechos y cuotas mensuales que deberán pagar los socios;

5°) Elección del primer Consejo Directivo y Miembros de la Comisión Revisora de Cuentas;

6°) Autorización al presidente para que efectúe ante la Dirección de Promoción Comunitaria (entidad de Bien Público), trámites tendientes a obtener la entidad como personería jurídica;

7°) Designación de dos socios para refrendar el acta juntamente con el Presidente y Secretario

- Estos puntos fueron resueltos de la siguiente manera:

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Estatuto

ESTATUTO COOPERADORA

CAPITULO - I - DENOMINACION Y DOMICILIO LEGAL - OBJETO - CAPACIDA JURIDICA.

ARTICULO 1°).-  La Asociación denominada "ASOCIACION COOPERADORA DEL ESTABLECIMIENTO ASISTENCIAL ATILIO A. CALANDRI", tiene su sede en la cale Las Heras N° 402, de la localidad de Quemú Quemú, Provincia de La Pampa.-

ARTICULO 2°).-Tendrá por objeto: a) cooperar en lo material, en lo social, y en lo espiritual, colaborar con la entrega de medicamentos gratuitas en el citado establecimiento a fin de dar cumplimiento con los objetivos sociales y contribuir el mejoramiento de calidad de vida de las personas que concurran donde se asistan  a mujeres, hombres, niños/as, adolescente, b) su atención de enfermedades varias que padecen, siendo lo mas amplio posibe para su atención y funcionamientode la misma, ajena a todas tendencias religioas, racial, política, gremial; c) velar, colaborar, transmitir las esperanzas y aspiraciones de los enfermos que concurran al establecimiento para su atención en una igualdad de oportunidades; d) podrá presentarse a concursos de precios y licitaciones para la compra de medicamentos,como así también para las futuras construcciones, ampliaciones, refacciones o pintura en el mencionado establecimiento.-

ARTICULO 3°).-  La asociación como personería jurídica, tendrá la más amplia capacidad respecto de todos y cualesquiera actos permitidos por las leyes y regalmentos vigentes y podrá operar con los Bancos de La Pampa, Banco Río y el Banco de La Nación Argentina, entre otros.- CAPITULO - II - Del Patrimonio y los Recursos.-

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NOS APOYAN
www.afip.gov.ar/et/

 
2008 Asociación Cooperadora del Hospital Atilio Calandri
Alvear 430 - Quemu-Quemu, La Pampa

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